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Restitución de predio. |
miércoles, 9 de septiembre de 2009 |
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La diligencia de restitución en el sector La Puntilla de la isla de Barú, estuvo a cargo de la Alcaldía Local Uno y el Ministerio de Industria y Comercio. |
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Las personas que se encontraban invadiendo el terreno desalojaron voluntariamente. |
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En completa calma concluyó la diligencia de restitución de bien fiscal en el sector la Puntilla, ubicado en el corregimiento de Santa Ana isla de Barú. Este procedimiento fue ordenado mediante resolución 0221 de 2007 emitida por el Alcalde de la Localidad Histórica y del Caribe Norte, José Raimundo Ricaurte; donde se ordena la restitución del bien por parte del señor Armando Ramírez y demás personas indeterminadas a FONADE y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo entidades que aparecen como dueños del terreno.
El predio se encontraba invadido por personas que reclamaban ser los herederos de quienes en algún momento ostentaron la propiedad de la puntilla, por tal motivo se hizo pertinente la presencia temprana del ESMAD sección Cartagena y Barranquilla, para controlar cualquier situación de alteración del orden, sin embargo de manera civilizada los habitantes acataron la orden de las autoridades de retirarse voluntariamente de la isla con el acompañamiento de la policía nacional.
Durante el levantamiento del acta de diligencia de restitución se hicieron presentes el inspector de policía de Santa Ana Elkin Oñoro, Personería Distrital, Alcaldía de la Localidad y del Caribe Norte, Procuraduría, Comisaria de Familia y Defensoría de Familia del ICBF, se hicieron presentes organismos de veeduría ciudadana, abogados de nativos de la zona y se conto con el acompañamiento de la policía nacional.
Desde 2007
En el mes de Febrero del 2007, el Doctor Jairo Delgado Arrieta, apoderado en su momento del Ministerio de Comercio, Industria Y Turismo, solicita ante la Alcaldía de la Localidad Histórica y del Caribe Norte, la Restitución del Bien Fiscal La Puntilla ubicado en la Isla de Barú, al considerar que el predio goza de la naturaleza de imprescriptible, que se predica para los bienes de uso público, y por lo tanto, en relación con ellos ningún particular puede hacerse dueño por el paso del tiempo, ni obtener a su favor la declaración de pertenecía o reconocimiento de la prescripción adquisitiva de dominio.
A lo largo del proceso se presentaron distintas Revocatorias Directas y demás solicitudes presentadas por los señores ALFONSO PINEDA JULIO y los apoderados, SILVIO ALZATE, SERGIO TURIZO, JOSE VELAZQUEZ COLINA y el señor MANUEL SALVADOR AREVALO apoderado del señor CARLOS GONZALEZ ANGULO.
Es claro, que la Alcaldía de la Localidad Histórica y del Caribe Norte del periodo actual y la administración pasada de la misma, ejecutaron todas las acciones necesarias para el desarrollo de este proceso, que ha contado con innumerables solicitudes por parte de los querellados y demás, que hicieron más dispendioso y complejo el trascurso del mismo.
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