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Responsabilidad penal y disciplinaria. |
jueves, 18 de junio de 2009 |
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Servidores públicos se capacitan Por Un Buen Gobierno fortalecido en responsabilidades en la ejecución y control de políticas públicas
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80 servidoras y servidores públicos asisten al seminario sobre responsabilidad en materia penal y disciplinaria, coordinado por la Escuela de Gobierno y Liderazgo. |
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Con el fin de preparar a las y los servidores públicos de la Alcaldía de Cartagena para participar con eficiencia y eficacia en la planificación, ejecución y control de las políticas públicas locales encaminadas al buen gobierno local, La Escuela de Gobierno y Liderazgo con el apoyo de La Oficina de Control Disciplinario de La Alcaldía, inició el Seminario: Responsabilidad en Materia Penal y Disciplinaria - Aspectos Generales de la Ley 734 de 2002, dirigido a las y los Agentes del DATT e Inspectores de Policía de Distrito de Cartagena.
El seminario tiene como objetivo especifico sensibilizar a los y los servidores, para que se apropien de la ley disciplinaria, tomando conciencia de las consecuencias que genera la omisión de conductas constitutivas de falta disciplinaria, la potestad sancionadora de la Administración, y las garantías procesales inherentes del servidor cuando es objeto de investigación.
La actividad se lleva a cabo en las instalaciones de la casa de acogida SAINVILLE de la comunidad hermanas de la Caridad Dominicas de la Presentación y asistieron más de 80 servidores públicos.
Dentro de los temas a tratar se realizará una introducción del concepto de servicio público, sus alcances y la relación con el deber de sujeción previsto por la ley y la Constitución.
Entre los conferencistas estuvieron Alfonso Puello Alvear, Funcionario de la Procuraduría General Regional, Fernando Arrieta Burgos, Jefe de la Oficina de Control Disciplinario de la Alcaldía de Cartagena, Vestí Batista, Asesora externa de la Oficina de Control Disciplinario.
Olga Acosta Amel, Directora de la Escuela de Gobierno y Liderazgo, afirma que seguimos generando los espacios para que las y los servidores se fortalezcan y sigan aportando sus mejores practicas a traves de sus buenos desempeños y ejemplo.
El primer punto de la conferencia fue la Acción Disciplinaria, ya que estos artículos definen la potestad y facultad de la oficina de control disciplinario para la aplicación del procedimiento establecido en la ley 734 de 2002.
También se tocarán temas como: Presunción de inocencia, ejecutoriedad, celeridad de la actuación disciplinaria, culpabilidad, derecho de defensa, Garantía de la función pública, la falta disciplinaria, derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilidades, impedimentos, inhabilidades y conflicto de intereses del servidor público, entre otros.
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