|
|
|
PRODUCTOS |
|
|
|
|
|
|
|
El 31 de mayo vence el plazo para presentar la declaración anual ICAT de 2023 |
martes, 21 de mayo de 2024 |
|
La Alcaldía de Cartagena, a través de la Secretaría de Hacienda Distrital, les recuerda a los contribuyentes de Industria y Comercio y sus complementarios de Aviso y Tableros y Sobretasa Bomberil en Cartagena, que el plazo para declarar y pagar este tributo vigencia 2023 vence el próximo 31 de mayo de 2024. |
|
Contribuyentes en Cartagena, eviten sanciones e intereses, no dejen pasar el plazo para declarar el Impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios de Avisos y Tableros y Sobretasa Bomberil. |
|
|
|
|
|
El 31 de mayo vence el plazo para presentar la declaración anual ICAT de 2023
• Contribuyentes en Cartagena, eviten sanciones e intereses, no dejen pasar el plazo para declarar el Impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios de Avisos y Tableros y Sobretasa Bomberil.
Cartagena de Indias, D. T. y C., martes 21 de mayo de 2024. La Alcaldía de Cartagena, a través de la Secretaría de Hacienda Distrital, les recuerda a los contribuyentes de Industria y Comercio y sus complementarios de Aviso y Tableros y Sobretasa Bomberil en Cartagena, que el plazo para declarar y pagar este tributo vigencia 2023 vence el próximo 31 de mayo de 2024.
El Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Retenciones en la Fuente recaerá sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que se ejerzan en el Distrito de Cartagena, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho y aquellas en quienes se realice el hecho gravado a través de consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos.
Según lo estipulado en el artículo tercero, del decreto 007 del 5 de enero de 2024, los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Sobretasa Bomberil deberán declarar y pagar la totalidad del impuesto a cargo de la VIGENCIA 2023 y el anticipo del 40%.
Así mismo, los agentes retenedores y autorretenedores deberán presentar y pagar la totalidad de las declaraciones bimestrales de Retención y Autorretención del Impuesto de Industria y Comercio y Complementarios en los siguientes plazos:
• Marzo- Abril: 31 de mayo de 2024
• Mayo- junio: 31 de julio de 2024
• Julio- agosto: 30 de septiembre de 2024
• Septiembre- octubre: 29 de noviembre de 2024
• Noviembre- diciembre: 31 de enero de 2025
INCRIPCIONES A UN CLIC: ingresando a la página web: portaltributario.cartagena.gov.co, en la pestaña de formatos e instructivos, los contribuyentes en Cartagena podrán descargar los formatos para tramites como: inscripciones ICA, novedades ICA y cancelación o cambio de propietarios ICA.
También están habilitadas líneas de atención 302 2172802, 301 7515384, o podrán acercarse personalmente a las oficinas de Impuestos, ubicadas en la Matuna, frente a la plazoleta del Joe Arroyo, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. jornada continua.
“invitamos a los contribuyentes a no dejar pasar estos plazos y evitar intereses y sanciones más adelante. Esta es una obligación que como ciudadanos tenemos y es la forma de aporta en la construcción de Cartagena como una super ciudad”, concluye la secretaria de Hacienda, María Camila Salas.
Fin del Comunicado No. 961
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|