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Deplorable destrucción. |
martes, 21 de abril de 2009 |
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Algunos comerciantes del segundo tramo atentan contra el nuevo espacio público de la ciudad. denuncia el gerente de Transcaribe. |
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Como deplorable, calificó el gerente de Transcaribe, Enrrique Chartuni, la destrucción de los espacios públicos recuperados en el segundo tramo. |
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El gerente de Transcaribe S.A., Enrique Chartuni González, denunció la destrucción de bordillos, andenes y registros de drenajes pluviales por parte de algunos comerciantes ubicados en el segundo tramo Amparo – Cuatro Vientos, para ser convertidos en accesos vehiculares de ingreso a los negocios, a los cuales no tienen derecho de acuerdo al Artículo 238 del decreto Nº 0977 de 2001del Plan de Ordenamiento Territorial, donde se prohíbe el parqueo en antejardines, andenes, zonas de control ambiental, sobre calzadas, en las vías del plan vial arterial y en las playas.
Chartuni calificó como un hecho deplorable que los ciudadanos infrinjan las normas distritales y destruyan las nuevas obras de espacio público que forman del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Cartagena, el cual fue diseñado con todas las especificaciones técnicas de movilidad peatonal incluyendo a las personas de movilidad reducida, que hoy en día no tienen la posibilidad de salir de sus residencias por la ausencia de un espacio propicio para su circulación. Estos hechos han sido denunciados por algunos ciudadanos del área de influencia, así como por la interventoría y el contratista constructor de las obras.
Pese a que se ha venido trabajando de manera articulada con las secretarías, entidades distritales y Alcaldías Locales como autoridades competentes en la materia, Transcaribe S.A. solicitó a la Secretaría de Planeación que establezcan los controles necesarios a los propietarios de inmuebles o negocios que han destruido el bien público con fines particulares, quienes deben reponer con sus propios recursos, los daños ocasionados al espacio público que ya estaba terminado.
Algunos de los daños han generando la desestabilización de la estructura del espacio público perimetral y en casos peores, la destrucción de una tapa en concreto de un imbornal de aguas lluvias reemplazándola sin autorización de Transcaribe S.A., por una rejilla metálica que no cumple con las especificaciones establecidas contractualmente.
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